Destope de la Base de Cotización
Ya en un anterior post analizamos la base de cotización ampliamente, podrás acceder al análisis de la misma haciendo clic aquí, recordamos de una manera rápida qué es la base de cotización, y es la remuneración mensual bruta de un empleado, con todas sus pagas extraordinarias prorrateadas, independientemente de que el trabajador perciba dichas pagas extraordinarias de modo no prorrateado. Existen conceptos que, pese a que sí retribuyen al empleado, no se encuentran recogidas en la base de cotización.
¿Qué está actualmente valorando el Gobierno?
El actual Gobierno está valorando destopar la Base de Cotización frente a la situación actual, es decir, que no haya tope máximo de base de cotización en contra de lo que actualmente se cuenta, ya que la base de cotización se encuentra topada en 2018 en 3.751,20 €/mes para cada trabajador por cuenta ajena.
Ello influiría directamente en el sueldo líquido del trabajador y en los seguros sociales a abonar por el empresario, ya que se cotiza en función del importe de la base de cotización.
Esta medida haría incrementar notablemente las arcas públicas, y por tanto, poder atacar el actual problema con las pensiones.
¿Cuánto sería el coste directo para los trabajadores de aplicar esta medida?
El trabajador aporta a la Tesorería General de la Seguridad Social el 6,35 % o el 6,40 % de su base de cotización, según tenga un contrato de trabajo indefinido o de duración determinada. Por tanto, si se destopa la base de cotización, el incremento en el coste por destopar la base de cotización será el producto entre la diferencia entre los 3.751,20 €/mes y la nueva base de cotización y los porcentajes indicados anteriormente, 6,35 % o 6,40 %, según la circunstancia del trabajador.
¿Cuánto será el sobrecoste para la empresa?
Aquí no se puede dar una cifra o varias cifras fijas, ya que el tipo de cotización de cada empresa varía entre los distintos sectores de actividad, ya que la cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales varía en función del CNAE aplicable para el empleador, pero aproximadamente se encuentra el tipo de cotización en torno a un 34-35 %. Por tanto, el coste se situará en el producto entre la diferencia entre los 3.751,20 €/mes y la nueva base de cotización y los porcentajes indicados anteriormente, 34-35 % por cada trabajador.
¿Qué recaudación se obtendría?
4.470,75 millones es lo que calcula el actual Gobierno que se recaudaría con la medida de destopar las bases de cotización.
¿Tendría esta medida consecuencias negativas?
Lamentablemente sí, ya que si bien es cierto para trabajadores que perciban un sueldo inferior a 3.751,20 € al mes no le influiría en nada, ni a la empresa que le contrata, sí que influiría directamente en aquellos sueldos superiores, que suelen ir conectados con una mayor cualificación profesional, lo que podría suponer que en la situación de ofertar la contratación a un empleado de gran cualificación, éste se decantase por trabajar en otro país distinto con objeto de obtener un mayor sueldo fruto de una menor carga impositiva y social en otro país, lo que a la larga, podría suponer una pérdida de ventaja competitiva de España.
De igual modo, un mayor coste en el factor productivo humano afectaría directamente en el nivel de contratación por parte del empleador y por tanto, en la tasa de desempleo.
Beneficios de disponer de una asesoría laboral en Sevilla
Tener como partner una asesoría laboral en Sevilla que esté al día de este tipo de noticias y otras muchas más, conseguirá que tu negocio crezca gracias a la reducción de incertidumbre y una buena gestión de los recursos humanos de tu empresa.